INSTRUCCIONES PARA LA SOLICITUD DE VISADO DE RESIDENCIA LABORAL

1) . El empresario debe realizar una oferta de trabajo y registrarla ante la Delegación de Trabajo y Asuntos Sociales ( o Subdelegación de Gobierno) de la provincia donde se realizará la actividad laboral.
2) . El original de la mencionada oferta debidamente sellada por la correspondiente Delegación de Trabajo y Asuntos Sociales (Subdelegación de Gobierno), en la que debe ir incorporado el NEV (que consta de 16 dígitos), debe remitirlo el empresario al domicilio de la persona a la que pretende contratar o su representante, que debe tener residencia en Ucrania.
3) . El interesado o su representante debe presentar en la sección de Visados de esta Embajada, en el plazo de tres meses desde la fecha de registro de la oferta en la correspondiente Delegación de Trabajo:
a- El original de la Oferta de Trabajo.
b- Documento de Designación de Representante, en su caso.
c- Certificado Negativo de Antecedentes Penales con traducciones en español para su legalización en esta Embajada.
d- Certificado Médico, con su correspondiente traducción al español, en su caso, en el que conste que por su estado de salud puede realizar las actividades laborales propias del puesto para el que pretende ser contratado y que no padece las siguientes enfermedades:
· Cuarentenales: cólera, peste y fiebre amarilla.
· Drogadicción, alteraciones psíquicas importantes, estados manifiestos de enfermedad psicopática con agitación, "delirium", alucinaciones o psicosis de confusión.
e- Fotocopia, compulsada notarialmente, del pasaporte vigente. f- impreso de licitud de Visado debidamente rellenado en caracteres latinos. 
g- Cuatro fotografías en color del solicitante. 
4) . La Administración tiene un plazo de cuatro meses y medio para la resolución de visados de larga duración.
5) . Si la resolución es positiva, el interesado tiene un plazo de dos meses para presentar personalmente el pasaporte con una validez mínima de 120 días ante la Sección de Visados de esta Embajada. 
6) . Recibido el visado, el interesado tiene un plazo de dos meses para regularizar su situación de residencia ante las Autoridades españolas correspondientes.

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