DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA SOLICITUD DE VISADO DE RESIDENCIA PARA JUBILADOS Y PENSIONISTAS

1) . Presentación de la solicitud en modelo oficial, cumplimentada y firmada, por el extranjero a cuyo nombre se habría de extender el visado.
2) . (Eventualmente) Acreditación del poder de representación (por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de ella o mediante la declaración en comparecencia personal del interesado) cuando la solicitud no la presenta personalmente el propio extranjero que sería titular del visado o quien ejerza su patria potestad o tutela. 
3) . 3 fotografías tamaño carné.
4) . Pasaporte ordinario o Título de viaje reconocido como válido en España vigencia mínima 120 días.
5) . Certificado negativo de antecedentes penales expedido por la autoridad competente del país o países donde el interesado haya residido en los cinco años anteriores a la solicitud. En su defecto, constancia, expedida por las autoridades, de no haber sido condenado por delitos que en el ordenamiento penal español estén castigados con pena igual o superior a prisión menor.
6) . Certificado médico acreditativo de no padecer alguna de las siguientes alteraciones:a) Enfermedades cuarentenales: cólera, peste y fiebre amarilla.b) Drogadicción, alteraciones psíquicas importantes, estados manifiestos de enfermedad sicopática con agitación, "delirium", alucinaciones o psicosis de confusión, cuando pongan en peligro el orden público o la seguridad pública en los términos previstos por la legislación vigente.c) Enfermedades infeccionas o parasitarias designadas por el Ministerio de Sanidad o Consumo.
7) . (Eventualmente) Presencia para entrevista personal en Oficina Consular del que seria titular del visado, pudiendo requerir además de la documentación que sea preceptiva para el visado de Residencia, cuantos informes juzgue oportunos la Oficina Consular.
8) .Documentación que acredite que dispone de medios de vida o va a percibirlos como ingresos periódicos, como consecuencia:a) de ser beneficiario de una pensión del Estado en moneda convertible por una cuantía anual igual o superior a 10.000 dólares USAb) De ser beneficiario de una renta vitalicia, no capitalizable, pagadera por institución pública o privada en moneda convertible y por una cuantía anual igual o superior a 10 000 dólares USA.
9) . (Eventualmente) En el caso de solicitud simultánea de visado de residencia en Reagrupación Familiar del cónyuge e hijos menores de 18 años del jubilado o rentista, justificantes de que los solicitantes son beneficiarios individual o conjuntamente de la pensión del Estado o de la renta vitalicia a que se refieren las letras a) y b), respectivamente, por una cuantía igual a la base, incrementada en 1.700 dólares USA por solicitante subsidiario. (Deben aplicarse además los requisitos específicos de los visados para reagrupación familiar).
10) . Disponibilidad de alojamiento privado o residencial considerado normal para los españoles en la zona y adecuado al número de familiares.
11 ) . Cobertura de todo riesgo de la asistencia sanitaria del solicitante y de los familiares a su cargo.

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